Los Veinte Principios del Partido Acción Demócrata-Cristiana
1.
Monarquía.
Que el sistema que más conviene para el gobierno de las micronaciones mexicanas
es la monarquía, con la existencia de un soberano que, siendo depositario
simbólico de la soberanía micronacional, dedique sus esfuerzos de manera
exclusiva y prioritaria al gobierno y progreso de la micronación.
2.
Constitucionalismo.
Que el Estado micronacional esté regulado por una ley suprema escrita, que
contenga los derechos de los gobernados y las prerrogativas de los gobernantes,
y que establezca las bases del mismo gobierno y la forma en que se constituirá.
3.
Régimen
centralista desconcentrado. Que para buscar el progreso del Imperio debe
establecerse un régimen que gire en torno a un único órgano tomador de las
decisiones, en la persona del Emperador, del cual emanarán las demás
instituciones democráticas. Que se establezcan órganos regionales de
administración, sujetos al órgano tomador de decisiones y con competencias
únicamente en la atención de las necesidades locales. Sólo con un sistema
fuerte y concentrador se podrá conseguir verdadero orden que abortaría
sistemáticamente los vacíos de poder y el secesionismo en caso de haberlos.
4.
Espíritu
de unidad Micropatria. Que se cultive la unidad de todos los anahuacenses,
independientemente de sus tradiciones y culturas locales, acentuándose la
superioridad de la unidad popular en la figura del Emperador y el orgullo del
ideal imperial. Que se combatan los regionalismos y autonomías
sobre-acentuadas, que resultan contraproducentes y a largo plazo ponen en
riesgo la viabilidad del Imperio y de la sociedad micronacional misma. Que la
unidad gire en torno a la figura de don Agustín de Iturbide, que sea la imagen
máxima de nuestra visión de la nación mexicana, y la causa principal del
micronacionalismo mexicano.
5.
Administración
territorial simétrica. Que se supriman los privilegios políticos de las
micronaciones del Imperio con un estatuto de autonomía y autogobierno superior
al de otras comunidades internas. Que se supriman los rangos de las divisiones
administrativas, estableciéndose todas iguales en el rango de Distrito,
políticamente iguales. Que se conserven las monarquías locales, dotándolas de
protección y conservándoles su reinado sobre sus pueblos.
6.
Estado
de derecho. Que sean las leyes la base de la felicidad de la micronación, y
de todo el micronacionalismo en general, no disponiéndose nada que sea
contrario a ellas y basándose la impartición de la justicia siempre en las
leyes y nunca en la costumbre.
7.
Atención
a las culturas regionales. Atender especialmente a las culturas que estén
firmemente decididas a mantener su forma de vida particular, dotándolas de
órganos de conservación, fortaleciendo sus instituciones tradicionales y
apoyando a sus líderes históricos.
8.
Religión,
moral y tradición: bases del orden social. La sostenibilidad y permanencia
del orden social micronacional de la América Mexicana depende de la
conservación de sus bases, que son sin duda la fe cristiana, la rectitud,
honradez y honestidad, y la defensa de
nuestro Emperador y nuestras instituciones. Que se institucionalice al
cristianismo, tanto católico como evangélico-luterano, como protegido por el
Estado micronacional.
9.
División
de poderes en ejecutivo, legislativo y judiciario. Que se garantice, para
su ejercicio, la división de poderes. Que el poder legislativo modere las
acciones del ejecutivo y sea contrapeso, que el judiciario mantenga el
equilibrio constitucional.
10.
Sistema
ejecutivo nuclear. Que la labor ejecutiva se concentre toda en la persona
del Emperador, estableciéndose el principio de que es la persona imperial de la
que emana la acción del poder público, y que es facultad exclusiva del
Emperador velar por dicha acción, por sí o a través de los funcionarios que
según su entendimiento, siempre justo y visionario, nombra para tal efecto. Que
de la administración pública se suprima la división descentralizada,
estableciéndose el sistema de comisiones periódicas y para los casos de asuntos
permanentes, el de instituciones especializadas no autónomas.
11.
Sistema
legislativo bicéfalo. Que el Emperador tenga suficientes facultades para
conducir el Imperio, dotándole de la prerrogativa de dictar leyes por sí mismo,
constituyéndose el Supremo Congreso como órgano revisor y moderador de la política
imperial, conservando su facultad de dictar leyes, adquiriendo la de revisar
las leyes dictadas por el Emperador y siendo el baluarte de la representación
popular.
12.
Sistema
judicial núcleo-conciliatorio. Que se establezca un sistema penal que tienda
a conciliar a las partes en pugna en vez de reducir al culpable. Que el
Emperador, como figura ajena a las pugnas políticas y máxima autoridad moral,
sea juez mixto en materia civil, penal, social, administrativa y mercantil. En
materia constitucional y electoral será única instancia las Cortes de Justicia.
13.
Sistema
burócrata de servicio universal. Que se establezca un sólido sistema
burócrata que procure todas las necesidades del micronacionalismo mexicano,
brindando servicios de calidad y atendiendo a toda la sociedad por igual, en
cada uno de sus estratos.
14.
La
soberanía micronacional reside dualmente en el Emperador y el pueblo. Que la
soberanía emana directamente del Emperador, como fundador del Imperio y
establecedor de las instituciones democráticas, y del pueblo, como causa, fin y
propósito del Imperio y las instituciones democráticas. Que corresponde
conjuntamente al Emperador y al pueblo el ejercicio de dicha soberanía. Que ni
el uno ni el otro pueden adjudicarse la soberanía para sí exclusivamente.
15.
Trabajo
como medida del orden social. Que sea el trabajo la única diferencia entre
los ciudadanos, privilegiándose a aquel que trabaja por la paz, el progreso y
la justicia en la América Mexicana. Que los derechos políticos sean
proporcionales al trabajo.
16.
Educación
metódica de especialización. Que cada una de las técnicas, oficios y artes
que se practiquen en la América Mexicana reciban la atención gubernamental,
estableciendo oficialmente métodos estrictos de especialización para dichas
ramas, de tal forma que se establezca un desarrollado sistema de trabajo
especialista y de gran calidad, atendiendo las necesidades sociales. Que se
suprima la autonomía educativa.
17.
Economía
mixta con participación estatal activa y retroactiva. Que la participación
en la economía sea en condiciones de ventaja para la sociedad sobre la
iniciativa privada, ya que aquella no persigue el lucro. Que el Estado
micronacional sea contrapeso a las disparidades en la distribución de la
riqueza y fortalezca, supla o proteja los sectores estratégicos de la economía.
Que la sociedad posea total o mayoritariamente las industrias eléctrica,
petroquímica y del agua. Que la sociedad posea total y exclusivamente las
competencias de salud, educación y bienestar.
18.
Establecimiento
de un sistema de producción mixto. Que se apoye especialmente el
establecimiento de sistemas comunitarios de producción, en donde el individuo
aporte su fuerza de trabajo para el crecimiento de su núcleo social. Que se
establezcan núcleos de población basados en la competencia popular en la
satisfacción de las necesidades sociales, y se promueva la formación de grupos
de especialización del trabajo.
19.
Política
exterior incluyente. Que las relaciones con las demás micronaciones del
mundo sean en igualdad de condiciones, promoviendo las comunidades abiertas de
cooperación, el combate a la exclusión, la cooperación no institucionalizada,
la resolución de conflictos entre pares. Que el principio rector sea “la mejor
política exterior es la interior”.
20.
Cooperación
política y social conciliadora. Acentuar las compatibilidades con las demás
fuerzas políticas, en vez de las diferencias. Buscar puntos de acuerdo y
convergencias con todos los nodos de participación política, estableciendo
convenios para combatir obstáculos comunes. Que la ideología sea la persecución
del bien común.
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