20 Principios del PAD


Los Veinte Principios del Partido Acción Demócrata-Cristiana

1.       Monarquía. Que el sistema que más conviene para el gobierno de las micronaciones mexicanas es la monarquía, con la existencia de un soberano que, siendo depositario simbólico de la soberanía micronacional, dedique sus esfuerzos de manera exclusiva y prioritaria al gobierno y progreso de la micronación.

2.       Constitucionalismo. Que el Estado micronacional esté regulado por una ley suprema escrita, que contenga los derechos de los gobernados y las prerrogativas de los gobernantes, y que establezca las bases del mismo gobierno y la forma en que se constituirá.

3.       Régimen centralista desconcentrado. Que para buscar el progreso del Imperio debe establecerse un régimen que gire en torno a un único órgano tomador de las decisiones, en la persona del Emperador, del cual emanarán las demás instituciones democráticas. Que se establezcan órganos regionales de administración, sujetos al órgano tomador de decisiones y con competencias únicamente en la atención de las necesidades locales. Sólo con un sistema fuerte y concentrador se podrá conseguir verdadero orden que abortaría sistemáticamente los vacíos de poder y el secesionismo en caso de haberlos.

4.       Espíritu de unidad Micropatria. Que se cultive la unidad de todos los anahuacenses, independientemente de sus tradiciones y culturas locales, acentuándose la superioridad de la unidad popular en la figura del Emperador y el orgullo del ideal imperial. Que se combatan los regionalismos y autonomías sobre-acentuadas, que resultan contraproducentes y a largo plazo ponen en riesgo la viabilidad del Imperio y de la sociedad micronacional misma. Que la unidad gire en torno a la figura de don Agustín de Iturbide, que sea la imagen máxima de nuestra visión de la nación mexicana, y la causa principal del micronacionalismo mexicano.

5.       Administración territorial simétrica. Que se supriman los privilegios políticos de las micronaciones del Imperio con un estatuto de autonomía y autogobierno superior al de otras comunidades internas. Que se supriman los rangos de las divisiones administrativas, estableciéndose todas iguales en el rango de Distrito, políticamente iguales. Que se conserven las monarquías locales, dotándolas de protección y conservándoles su reinado sobre sus pueblos.

6.       Estado de derecho. Que sean las leyes la base de la felicidad de la micronación, y de todo el micronacionalismo en general, no disponiéndose nada que sea contrario a ellas y basándose la impartición de la justicia siempre en las leyes y nunca en la costumbre.

7.       Atención a las culturas regionales. Atender especialmente a las culturas que estén firmemente decididas a mantener su forma de vida particular, dotándolas de órganos de conservación, fortaleciendo sus instituciones tradicionales y apoyando a sus líderes históricos.

8.       Religión, moral y tradición: bases del orden social. La sostenibilidad y permanencia del orden social micronacional de la América Mexicana depende de la conservación de sus bases, que son sin duda la fe cristiana, la rectitud, honradez y honestidad, y  la defensa de nuestro Emperador y nuestras instituciones. Que se institucionalice al cristianismo, tanto católico como evangélico-luterano, como protegido por el Estado micronacional.

9.       División de poderes en ejecutivo, legislativo y judiciario. Que se garantice, para su ejercicio, la división de poderes. Que el poder legislativo modere las acciones del ejecutivo y sea contrapeso, que el judiciario mantenga el equilibrio constitucional.

10.   Sistema ejecutivo nuclear. Que la labor ejecutiva se concentre toda en la persona del Emperador, estableciéndose el principio de que es la persona imperial de la que emana la acción del poder público, y que es facultad exclusiva del Emperador velar por dicha acción, por sí o a través de los funcionarios que según su entendimiento, siempre justo y visionario, nombra para tal efecto. Que de la administración pública se suprima la división descentralizada, estableciéndose el sistema de comisiones periódicas y para los casos de asuntos permanentes, el de instituciones especializadas no autónomas.

11.   Sistema legislativo bicéfalo. Que el Emperador tenga suficientes facultades para conducir el Imperio, dotándole de la prerrogativa de dictar leyes por sí mismo, constituyéndose el Supremo Congreso como órgano revisor y moderador de la política imperial, conservando su facultad de dictar leyes, adquiriendo la de revisar las leyes dictadas por el Emperador y siendo el baluarte de la representación popular.

12.   Sistema judicial núcleo-conciliatorio. Que se establezca un sistema penal que tienda a conciliar a las partes en pugna en vez de reducir al culpable. Que el Emperador, como figura ajena a las pugnas políticas y máxima autoridad moral, sea juez mixto en materia civil, penal, social, administrativa y mercantil. En materia constitucional y electoral será única instancia las Cortes de Justicia.

13.   Sistema burócrata de servicio universal. Que se establezca un sólido sistema burócrata que procure todas las necesidades del micronacionalismo mexicano, brindando servicios de calidad y atendiendo a toda la sociedad por igual, en cada uno de sus estratos.

14.   La soberanía micronacional reside dualmente en el Emperador y el pueblo. Que la soberanía emana directamente del Emperador, como fundador del Imperio y establecedor de las instituciones democráticas, y del pueblo, como causa, fin y propósito del Imperio y las instituciones democráticas. Que corresponde conjuntamente al Emperador y al pueblo el ejercicio de dicha soberanía. Que ni el uno ni el otro pueden adjudicarse la soberanía para sí exclusivamente.

15.   Trabajo como medida del orden social. Que sea el trabajo la única diferencia entre los ciudadanos, privilegiándose a aquel que trabaja por la paz, el progreso y la justicia en la América Mexicana. Que los derechos políticos sean proporcionales al trabajo.

16.   Educación metódica de especialización. Que cada una de las técnicas, oficios y artes que se practiquen en la América Mexicana reciban la atención gubernamental, estableciendo oficialmente métodos estrictos de especialización para dichas ramas, de tal forma que se establezca un desarrollado sistema de trabajo especialista y de gran calidad, atendiendo las necesidades sociales. Que se suprima la autonomía educativa.

17.   Economía mixta con participación estatal activa y retroactiva. Que la participación en la economía sea en condiciones de ventaja para la sociedad sobre la iniciativa privada, ya que aquella no persigue el lucro. Que el Estado micronacional sea contrapeso a las disparidades en la distribución de la riqueza y fortalezca, supla o proteja los sectores estratégicos de la economía. Que la sociedad posea total o mayoritariamente las industrias eléctrica, petroquímica y del agua. Que la sociedad posea total y exclusivamente las competencias de salud, educación y bienestar.

18.   Establecimiento de un sistema de producción mixto. Que se apoye especialmente el establecimiento de sistemas comunitarios de producción, en donde el individuo aporte su fuerza de trabajo para el crecimiento de su núcleo social. Que se establezcan núcleos de población basados en la competencia popular en la satisfacción de las necesidades sociales, y se promueva la formación de grupos de especialización del trabajo.

19.   Política exterior incluyente. Que las relaciones con las demás micronaciones del mundo sean en igualdad de condiciones, promoviendo las comunidades abiertas de cooperación, el combate a la exclusión, la cooperación no institucionalizada, la resolución de conflictos entre pares. Que el principio rector sea “la mejor política exterior es la interior”.

20.   Cooperación política y social conciliadora. Acentuar las compatibilidades con las demás fuerzas políticas, en vez de las diferencias. Buscar puntos de acuerdo y convergencias con todos los nodos de participación política, estableciendo convenios para combatir obstáculos comunes. Que la ideología sea la persecución del bien común.

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